Micelio
Auto8 de octubre de 2002

A- de 2002

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Jose Carlos Landa Garcia

Tema · dato duro
Nulidad Sentencia T-553/02
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Notificacion Por Conducta Concluyente
  • Elementos
  • Es excepcional
  • Naturaleza
  • Presentación del escrito
  • Se surte ante el juez de conocimiento
Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Término de tres días contados a partir de notificación de fallo
  • Improcedencia por formularse después de expirado el término
  • Precisión del término para interponerla
Nulidad Fallo De Tutela
  • Solicitud fue presentada en tiempo
4 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se rechazó la solicitud presentada por la sociedad Industria Nacional Colombiana de Artículos de Acero y Metales –Incametal S.A-. para que se declarara la nulidad de la Sentencia T-553/02, toda vez que se declaró improcedente por formularse después de expirado el término.

Esta Corte ordenó al Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia –Sala Jurisdiccional Disciplinaria-, iniciar y tramitar proceso disciplinario para establecer la posible comisión de falta de esa naturaleza por la omisión en notificar la citada Sentencia que había sido remitida junto con el expediente respectivo conforme a lo dispuesto por el Art. 36 del Decreto 2591 de 1991.

También se ordenó compulsar copias de esta providencia a la Fiscalía General de la Nación, Regional de Antioquia, así como de la Sentencia T-553/02, del oficio remisorio de la misma y del expediente respectivo al Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia y de los demás documentos que integran este cuaderno, para que se adelante la investigación penal que corresponda.

Contra esta providencia no es procedente ningún recurso.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR la solicitud presentada por la sociedad Industria Nacional Colombiana de Articulos de Acero y Metales -Incametal S.A-., para que se declare la nulidad de la Sentencia T-553 de 18 de julio de 2002.
  2. Segundo. ORDENAR al Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia -Sala Jurisdiccional Disciplinaria-, iniciar y tramitar proceso disciplinario para establecer la posible comision de falta de esa naturaleza por la omision en notificar, por lo menos hasta el 26 de septiembre del ano 2002 la Sentencia T-553 de 18 de julio de 2002, que habia sido remitida junto con el expediente respectivo por la Secretaria de la Corte Constitucional para ese efecto conforme a lo dispuesto por el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  3. Oficiese por Secretaria para tal fin a la Presidencia de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia.
  4. Tercero. Compulsense por la Secretaria General de la Corte a la Fiscalia General de la Nacion, Regional de Antioquia, copias de esta providencia, asi como de la Sentencia T-553 de 18 de julio de 2002, del oficio remisorio de la misma y del expediente respectivo al Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia y de los demas documentos que integran este cuaderno, para que se adelante la investigacion penal que corresponda. Oficiese para el efecto.
  5. Contra esta providencia no es procedente ningun recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por7
C-787/11Cosa Juzgada Constitucional En Norma Estatutaria Que Regula La Perencion En Procesos EjecutivosA. 166/07Solicitud De Nulidad De La Sentencia C-113 De 2007 Que Declaró La Constitucionalidad De Los Paragrafos Transitorios De Los Articulos 1 Y 2 De La Ley 1031 De 2006, Aduciendo La Vulneración Del Debido Proceso. Termino Para La Presentacion De La Solicitud De Nulidad De Las Sentencias De La Corte Constitucional. La Jurisprudencia Sobre Nulidad De Sentencias De La Corte Constitucional. La Solicitud De Nulidad Que Se Analiza No Cumple Con El Requisito De Presentar Argumentos Suficientemente Serios Y Coherentes Que Constituyan Una Causal De Nulidad. NegadaA. 299/06Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-1097/05 Por Considerarla Violatoria Del Derecho Fundamental Al Debido Proceso Y Por Que La Sentencia Incurre En Vias De Hecho Por Defecto Organico, Por Error En El Procedimiento Y Por Desconocimiento De La Constitucion. Procedencia Excepcional De Las Solicitudes De Nulidad Que Se Formulan Contra Las Sentencias De La Corte Constitucional. Criterios Normativos Y Jurisprudenciales De Aplicacion. La Declaratoria De Nulidad De Una Sentencia Proferida Por Esta Corporacion Solo Esta Llamada A Prosperar Cuando Quien Propone El Incidente Logra Acreditar El Cumplimiento De Los Requisitos Formales Y Sustanciales. RechazadaA. 198/06Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-057/06 Aduciendo La Vulneracion De Su Derecho A La Igualdad Al Igual Que Quebrantadas Sus Garantias Al Debido Rpoceso Y A La Presuncion De Inocencia, Amparándose En Lo Manifestado Por Los Magistrados Integrantes De La Sala Octava Con Ocasión De La Sentencia Su-1300 De 2001 E Inidcando Que La Sala Se Limita A Transcribir Los Argumentos De Las Instancias Para Justificarlos A Plenitud. Sostiene Que La Sentencia Desconoce La Jurisprudencia Constitucional Vertida En Otras Sentencias En Materia De Combinacion De Procedimentos Y Via De Hecho Judicial. Condiciones Que Le Permiten A La Corte Constitucional Entrar A Considerar Las Argumentaciones Que Sustentan Las Solicitudes De Nulidad Contra Sus Decisiones. Un Escrito De Nulidad No Puede Sustentarse En Que La Sentencia Que Se Controvierte Se Habria Ceñido A Determinar Unicamente El Grado De Aceptabilidad De Las Hipotesis Consideradas Y Resueltas Por Las Autoridades Judiciales Accionadas. No Toda Divergencia En Materia Interpretativa Da Lugar A Anular Las Decisiones Adoptadas Por Las Salas De Revision. Oportunidad Y Legitimidad De La Solicitud. Se Advierte Que Mas Que La Nulidad De La Sentencia Lo Que Se Pretende Es Que La Sala Plena De La Corte Estudie De Fondo La Demanda De Amparo Promovida En Lo Que Tiene Que Ver Con La Vulneracion De Sus Garantias Constitucionales, En Razon Del Tramite Adelantado Para Juzgarlo, La Competencia Territorial, Los Impedimentos No Declarados Y La Asistencia De La Fiscal Delegada Ante La Sala De Casacion Demandada A Su Causa.Rechazada La SolicitudA. 053/06Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-748/05. Antecedentes De La Accion De Tutela. Fundamentos De La Solicitud De Nulidad: La Corte Suprema De Justicia Incurrio En Una Via De Hecho Al Aplicar Una Norma Derogada, Usurpar Competencias Y Basarse En Un Hecho Inexistente. Termino Para La Presentacion De La Solicitud De Nulidad De Las Sentencias De La Corte Constitucional. Principio De Preclusion. La Corte Ha Reiterado Que La Solicitud De Nulidad Debe Ser Interpuesta Dentro De Los Tres (3) Dias Siguientes A La Notificacion Del Fallo. Extemporaneidad De La Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-748/05. Rechaza Por Extemporanea La Solicitud De NulidadA. 118/05Incidente De Nulidad De La Sentencia T-368/05. Deniega La Nulidad De La Sentencia Precitada.
Ver las 7

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.